Informe de viabilidad
Perfecto, ahora necesito realizar un siguiente informe, donde argumentaré, por qué es posible continuar con el caso, pero ya no por la vía del derecho civil, sinó por el derecho concursal, en concreto mediante el inicio de un procedimiento de liquidación concursal de empresa deudora.
A partir de ahora, comenzaré el bosquejo del informa, el cual redactaré a continuación, necesito que le corrijas la redacción y formato, y que puedas además comprobar el fundamento legal que menciono con la finalidad de no equivocarme, comienzo:
Título: Informe sobre continuación del caso Irma Valera a través de un procedimiento concursal
Demanda Inicial:
Se presenta una demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual a raíz de un accidente de tránsito en el cual los patrocinados fueron atropellados por una camioneta de propiedad de SOCIEDAD DE INVERSIONES DON OSCAR LTDA y conducida por Luis Rojas Fuenzalida.
La demanda fue rechazada en primera instancia por el 8º Juzgado Civil de Santiago debido a discrepancias en las declaraciones de las víctimas, lo que impidió acreditar el nexo causal entre el accidente y el demandado.
-
Segunda Instancia:
- Se interpuso un recurso de apelación y, en segunda instancia, la Corte de Apelaciones de Santiago revocó la sentencia inicial, fallando a favor de los patrocinados. Esto permitió la continuación del procedimiento con vistas a obtener el cumplimiento de la sentencia y la indemnización correspondiente.
-
Cumplimiento Incidental:
- Tras obtener un fallo favorable, el 27 de septiembre de 2021 se solicitó el cumplimiento incidental de la sentencia. Sin embargo, surgieron problemas relacionados con las notificaciones a los demandados, ya que solo se logró notificar a Luis Rojas Fuenzalida, quedando pendiente la notificación a Marco Antonio Moraga Acuña.
- En octubre de 2022 se siguieron intentando las notificaciones, lo que retrasó el procedimiento.
-
Liquidación del Crédito:
- En julio de 2023, se solicitó la liquidación del crédito, la tasación de costas procesales y la regulación de las costas personales. El tribunal resolvió la liquidación del crédito por un monto de $5.238.837.
- Sin embargo, durante este proceso surgieron complicaciones adicionales, ya que la notificación a algunos demandados seguía sin realizarse adecuadamente.
-
Investigación de los Bienes del Demandado:
- Como parte del proceso de ejecución, se realizó una búsqueda de bienes de SOCIEDAD DE INVERSIONES DON OSCAR LTDA y de Luis Rojas Fuenzalida. Durante esta fase se descubrieron bienes inmuebles y vehículos registrados a nombre de la sociedad.
- Sin embargo, se determinó que estos bienes se encontraban gravados con deudas, lo que los hacía insuficientes para satisfacer el crédito demandado.
-
Decisión de No Continuar el Procedimiento Incidental:
- Dada la imposibilidad de obtener un recupero efectivo por la vía civil debido a la existencia de gravámenes sobre los bienes del demandado, se decidió no continuar con el procedimiento incidental.
- Esta decisión se tomó tras evaluar que la vía civil no ofrecería una solución viable para obtener el cumplimiento de la sentencia y asegurar la indemnización de los patrocinados.
Conclusión:
El caso llegó a un punto crítico cuando, tras exhaustivas investigaciones, se descubrió que los bienes del demandado estaban gravados. Esta situación llevó a la decisión de no continuar con el procedimiento incidental, ya que se consideró inviable el recupero por la vía civil en estas circunstancias.
Este resumen ofrece una visión clara del desarrollo del caso hasta el momento en que se decidió detener el procedimiento incidental debido a las dificultades encontradas para ejecutar el fallo.